Este fin de semana se ha disputado la final de la liga de clubes. Playas de Castellón y València Esports han sido los equipos vencedores. Los castellonenses en categoría masculina, por delante del FC Barcelona por 1.5 puntos. Las valencianas consiguieron su título número 26. Pero con el reglamento en la mano, el València Esports debería de ser sancionado con una suma importante de puntos por alineación indebida.
Alineación indebida del València Esports
En primer lugar hay que decir que el reglamento es igual para todos los clubes. Por lo tanto, si uno de los clubes comete un error e incumple el reglamento, por desgracia, hay que llevarlo a cabo. Y no importa que sea el primer clasificado o el último. Si una saltadora pisa la plastelina en la tabla de batida o derriba el listón, es nulo tal y como dice el reglamento. Si una lanzadora hace un lanzamiento fuera del sector, el reglamento dice que el lanzamiento es nulo. Y si una velocista hace una salida falsa, es descalificada porque así lo estipula el reglamento. Todo esto se lleva a cabo porque hay un reglamento, que previamente a la competición todos y todas las atletas conocen. Saben cómo son las normas.
Lo mismo ocurre en las competiciones de clubes. La RFEA tiene una normativa que todos los clubes deben cumplir. En el año 2010, el mismo club valenciano incumplió la normativa y la RFEA se saltó el reglamento. En aquella edición la RFEA no tuvo la valentía de llevar a cabo su propio reglamento y la “sanción” fue un simple tirón de orejas. La temporada pasada, el club valenciano alineó una atleta polaca (también con doble licencia) en la Copa de clubes en pista cubierta, y tampoco ocurrió nada. Este fin de semana, sabiendo que tienen carta blanca, han alineado a dos atletas polacas que cuentan con licencia con un club polaco. Y según el reglamento que la propia RFEA elabora, esto es alineación indebida.
Analizando el reglamento de la RFEA
Si tomamos el reglamento que la RFEA elabora para las competiciones de clubes, debemos ir al punto 4, al apartado de extranjeros. Allí nos dice que los atletas no podrán poseer licencia por ningún otro club español ni extranjero. Y como prueba servirá cualquier medio que demuestre que estos atletas poseen doble licencia. Pues bien, las atletas Aleksandra Gaworska y Lidia Augustyniak poseen licencia por un club polaco, tal y como figura en sus fichas de la Federación polaca.
#LigaIberdrolaAtletismo Juzguen ustedes mismos. Hay cosas que no se pueden entender pic.twitter.com/CICMQiZLFi
— SomosAtletismo (@atletismoSomos) June 16, 2018
Este año, una atleta extranjera que llegó a España pasado el uno de enero, se quedó sin competir en la liga de clubes porque el reglamento no lo permite. En pista cubierta, Óscar Husillos fue Campeón del Mundo y posteriormente descalificado por haber pisado mínimamente la línea interior de la calle.Y así, podríamos poner muchísimos ejemplos más en los que el reglamento se ha cumplido, como debe ser.
El reglamento es muy claro al afirmar que si una atleta posee doble licencia se considerará que existe alineación indebida y se aplicará la sanción dispuesta en el artículo 58 del régimen jurídico disciplinario. De esta manera, vayamos al punto 58 del Régimen Jurídico disciplinario y allí encontramos la sanción que la RFEA debería de imponer al València Esports.
Analizando el Reglamento Jurídico Disciplinario
El primer párrafo del articulo 58 nos dice que si un club comete la infracción de alineación indebida, esta se considerará como muy grave. Y el club será sancionado con el doble de puntos que hubiera ganado la atleta si se hubiese clasificado en primer lugar. Es decir, 16 puntos. Teniendo en cuenta que el València Esports alineó a dos atletas, habría que sancionarle con 32 puntos.
El segundo párrafo de este artículo 58 nos dice que si el club es conocedor de esta irregular situación (sería sorprendente que el mejor club de España no conociera el reglamento), la sanción impuesta sería el quíntuplo de puntos que le corresponderían a la atleta si hubiera terminado en primera posición. Es decir, en esta caso, la sanción sería de 40 puntos por atleta. En total, 80 puntos.
Sea como sea, es deber de la RFEA decidir qué sanción habría que imponer en este caso al Valènca Esports, por alineación indebida en la liga de clubes 2018. Si no se impone ninguna sanción, sería el momento idóneo de cambiar la normativa, porque es un error monumental poseer un reglamento y no llevarlo a cabo cuando no conviene.
Conclusión
No se entiende cómo el mejor equipo de España, el club que duplica, o triplica, en presupuesto al resto de equipos participantes en la Liga Iberdrola de Atletismo sea capaz de cometer estos “errores”.
Muchas atletas participantes este fin de semana en Castelló sabían que el València Esports había incumplido la normativa. Pero también saben que no le pasará nada.
Este artículo se ha publicado en torno a las 13:30 del lunes 18 de junio de 2018. Mucho antes de las 20:00 horas que estipula la circular 156/2018 publicada por la RFEA. Debería ser prueba más que suficiente para que la RFEA tomara cartas en el asunto y se llevara a cabo una sanción ejemplar al València Esports por alineacion indebida.
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